1. Introducción 2. Conceptos Básicos de Discapacidad 3. Contexto de la Población con Discapacidad 4. Marco Legal 5. Integración Social de Personas con Discapacidad 6. Integración Laboral de Profesionistas con Discapacidad 7. Movimiento Congruencia Evaluación Final Encuesta de Retroalimentación Complementos Bibliografía
 

 

 

4.3 Marco Legal
 

 

Acciones en atención a la discapacidad

1981 Año Internacional de las Personas con Discapacidad.

Declaraciones y Convenciones

  • Declaración de Salamanca de Principios, Política y Práctica para las necesidades Educativas Especiales.
  • Convenio 111 sobre no discriminación en empleo y capacitación de las personas con discapacidad.
  • Convenio 142 sobre desarrollo de recursos humanos.
  • Convenio 159 y Recomendación 168 sobre el desarrollo profesional y empleo.
  • Declaración de San José de Costa Rica, de 1993.
  • Declaración y Programa de Acción de Viena, de 1993.
  • Resolución 48/96 de Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad de diciembre 20 de 1993.

Artículo 3º de la Constitución Política y el artículo 41 de la Ley General de Educación

Fortalecen de fondo la tarea para la incorporación y desarrollo de las personas con discapacidad; así como la participación de los diversos sectores sociales, proponiendo desde su ámbito de competencia acciones cuyo objetivo principal es apoyar a las personas con discapacidad en su proceso de integración social.

Programa Nacional para el Bienestar y la Incorporación al Desarrollo de las Personas con Discapacidad (mayo de 1995) . Contenido en Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000

El objetivo es promover entre la sociedad una nueva cultura de integración de las personas con discapacidad, su incorporación al desarrollo, así como el respeto y ejercicio de sus derechos humanos, políticos y sociales, la igualdad de oportunidades, la equidad en el acceso a los servicios y todo aquello que contribuya al bienestar y mejora de su calidad de vida, considerando que la participación plena de las personas con discapacidad enriquece a la sociedad en su conjunto.

Ley General de las Personas con Discapacidad (2005)

Su objetivo es establecer las bases que permitan la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en todos los ámbitos de la vida.

Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad

En México, es el organismo de consulta y asesoría obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y voluntaria para las instituciones de los sectores social y privado, que realicen acciones o programas relacionados con las personas con discapacidad.

Normas sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas
Con discapacidad (Asamblea ONU Diciembre 1993).

Estipula que los Estados deben apoyar activamente la integración de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo.

Ley Federal del Trabajo y Ley del IMSS

En estas leyes no se hace ninguna mención especial para personas con discapacidad como trabajadores y derechohabientes.

Ley General de las Personas con Discapacidad (2005).

Derechos de las personas con discapacidad

  • Derecho a servicios públicos para la atención de su salud y rehabilitación integral.
  • Derecho al trabajo y a la capacitación, en términos de igualdad de oportunidades y equidad.
  • Derecho al libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras en espacios públicos.

Obligaciones del Estado Mexicano

  • La educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes.
  • Garantizar la incorporación y oportuna canalización de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional.
  • Impulsar programas que permitan la accesibilidad, seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte público aéreo, terrestre y marítimo y medios de comunicación a las personas con discapacidad.

Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad

Instrumento permanente de coordinación intersecretarial e interinstitucional

  • Tiene por objeto contribuir al establecimiento de una política de Estado en la materia, así como promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones, estrategias y programas derivados de esta Ley.

Entre sus atribuciones se encuentran:

  • Contribuir al establecimiento de una política de Estado en la materia, así como promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones, estrategias y programas derivados de esta Ley.
  • Promover acciones y medidas para generar la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad.

El Consejo estará integrado por los titulares de las Secretarías de: Salud, Comunicaciones y Transportes, Desarrollo Social, SEP, Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Previsión Social y el DIF.

Normas sobre Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad (Asamblea General ONU Dic de 1993)

Estipulan que los Estados deben:

  • Llevar a cabo medidas como capacitación profesional, el empleo reservado, préstamos o subvenciones para empresas pequeñas, exenciones fiscales y lugares de trabajo accesibles para facilitar el acceso de las personas con discapacidad para que puedan obtener y conservar su empleo.
  • Estimular a los empleadores a hacer ajustes razonables para dar cabida a personas con discapacidad y dar apoyo en campañas de sensibilización para asegurar condiciones equitativas en materia de políticas de contratación y ascenso, condiciones de empleo y tasas de remuneración.
  • Crear condiciones favorables para el empleo de personas con discapacidad en el sector público y la inclusión de personas con discapacidad en los programas de formación y empleo en el sector privado y en el sector no estructurado.